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CSD sin efectos: cómo verificar el sello digital ante el SAT

Cómo verificar si un Certificado de Sello Digital está sin efectos, qué significa el hallazgo y qué revisar antes de aceptar un CFDI.

Publicado 15 de agosto de 2026

No revisamos solo dos listas. Fiscalerta cruza 8 categorías del SAT, sin pedir e.firma y sobre cualquier RFC.

8 listas en una búsqueda Sin e.firma Sin registro

Verificar si un Certificado de Sello Digital (CSD) está sin efectos ayuda a saber si un contribuyente conserva el certificado con el que sella sus CFDI. Es una revisión distinta de consultar la lista 69-B, confirmar la situación del RFC o validar un comprobante por UUID.

La diferencia importa: decir “el proveedor está cancelado” mezcla hechos que el SAT publica por separado. Un contador necesita identificar exactamente cuál fue el hallazgo, en qué fecha apareció y qué documento debe revisar después.

Qué es el Certificado de Sello Digital

El CSD es el certificado que un contribuyente utiliza para sellar comprobantes fiscales digitales. No es lo mismo que la e.firma y tampoco es el RFC. Una persona o empresa puede conservar su inscripción en el RFC y, al mismo tiempo, enfrentar una restricción temporal o una resolución que deje sin efectos uno o más certificados.

Restricción temporal y CSD sin efectos no son lo mismo

El artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación contempla la restricción temporal del uso de los CSD en determinados supuestos. Durante el procedimiento, el contribuyente puede presentar una aclaración para subsanar irregularidades o desvirtuar la causa.

“Dejado sin efectos” describe una situación posterior o distinta: el certificado ya no puede utilizarse para sellar nuevos CFDI. El detalle del procedimiento y las vías de aclaración debe verificarse en la resolución y en la normatividad vigente del SAT.

Cómo verificar un CSD sin efectos

  1. Captura el RFC completo y valida que tenga 12 o 13 caracteres.
  2. Consulta la publicación oficial de Datos abiertos del SAT.
  3. Revisa la fecha de corte del listado; una consulta sin fecha no sirve como evidencia.
  4. Si existe coincidencia, identifica el certificado y la fecha en que fue dejado sin efectos.
  5. Valida por separado el UUID del CFDI recibido y su fecha de emisión.
  6. Conserva la consulta, el CFDI, el contrato y la evidencia de la operación.

También puedes usar la consulta de CSD sin efectos de Fiscalerta para revisar un RFC sin proporcionar e.firma. El resultado muestra la fecha de corte y cruza las demás categorías vigiladas.

Qué significa para las facturas del proveedor

El hallazgo no permite declarar automáticamente que todos los CFDI históricos del proveedor sean inválidos. La revisión correcta considera, como mínimo, la fecha del comprobante, su estado por UUID y la fecha en que el certificado quedó sin efectos.

Para nuevas operaciones, un proveedor sin un CSD utilizable no puede sellar nuevos comprobantes con ese certificado. Si ya recibiste un CFDI, confirma su estado en el SAT y documenta el análisis antes de tomar una decisión fiscal o comercial.

Qué debe pedir el contador

  • Acuse o resolución relacionada con la restricción o cancelación.
  • Evidencia de la aclaración presentada, si existe.
  • Estado actual del CFDI por UUID.
  • Contrato, entregables y comprobantes de pago que soporten la materialidad.
  • Una nueva verificación oficial antes de aceptar comprobantes posteriores.

Cómo se relaciona con las otras listas del SAT

CSD sin efectos es solo una de las siete categorías que cruza Fiscalerta. Un mismo RFC también puede aparecer en 69-B, 69-B Bis, no localizados o créditos fiscales cancelados del artículo 69. Cada categoría tiene una consecuencia distinta.

Consulta también la guía de Lista 69-B del SAT y la explicación de RFC no localizado. Para una verificación inmediata, utiliza el Validador RFC.

Preguntas frecuentes

¿CSD sin efectos significa que el RFC está cancelado?

No. El CSD, el RFC y las publicaciones del artículo 69 son conceptos diferentes. El resultado debe nombrar el hecho exacto.

¿Un CFDI anterior queda invalidado automáticamente?

No debe concluirse de forma automática. Verifica el UUID, la fecha de emisión y la fecha en que el certificado fue dejado sin efectos.

¿El contribuyente puede aclarar su situación?

La normatividad prevé procedimientos de aclaración según el supuesto. Deben revisarse la resolución concreta y las reglas vigentes del SAT.

Nota orientativa: Este contenido es informativo y no sustituye asesoría fiscal profesional. Verifica siempre directamente en el SAT antes de actuar.

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