Aviso antes de leer: todo lo que se describe aquí es una iniciativa entregada al Congreso el 8 de septiembre de 2026. No es derecho vigente. Puede cambiar durante la discusión legislativa o no aprobarse. Las cifras y los porcentajes son los de la propuesta, y la fuente de cada bloque está enlazada al final.
Qué entregó Hacienda y qué no
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público entregó a la Cámara de Diputados el Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2027. El paquete se compone de los Criterios Generales de Política Económica, la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, el Proyecto de Presupuesto de Egresos, una iniciativa de reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta y otra a la Ley Federal de Derechos.
Conviene fijarse en lo que no viene, porque es donde más se ha confundido la conversación pública:
- No hay impuestos nuevos ni aumentos generalizados de tasas de ISR o IVA.
- No hay una iniciativa de reforma al Código Fiscal de la Federación dentro del paquete. Las declaraciones sobre "candados contra factureras" son anuncios de legisladores, no articulado entregado. Una medida así, de concretarse, tendría que llegar por otra vía.
Tope a las deducciones para empresas grandes
Es la propuesta que más afecta a personas morales con ingresos acumulables superiores a 50 millones de pesos:
- Si sus deducciones representan hasta el 96.67% de los ingresos, se multiplican por un factor de 0.9900.
- Si superan ese 96.67%, el monto deducible queda topado en los ingresos multiplicados por 0.9667.
- Las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores quedarían limitadas al 50% de la utilidad fiscal del ejercicio.
El efecto práctico: aunque todos los comprobantes sean reales y estén en regla, una parte de la deducción se recorta por ley. El margen de error se estrecha, y por eso perder una deducción adicional por un proveedor observado pesa más que antes.
RESICO se amplía
Del lado contrario, la propuesta abre el Régimen Simplificado de Confianza:
- Personas físicas: el límite de ingresos anuales subiría de 3.5 a 5 millones de pesos.
- Personas morales: el límite subiría de 35 a 50 millones, y el régimen pasaría de obligatorio a opcional.
Ese cambio de obligatorio a opcional se comenta poco y es el que obliga a rehacer el cálculo comparativo de cada cliente que hoy está forzado al régimen.
Pagos digitales
El paquete viene acompañado de la propuesta de expedir una Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos. Su objetivo declarado es la digitalización de los pagos. No contiene un límite nuevo al uso de efectivo: las restricciones que ya existen son las de la legislación vigente, no una novedad de este paquete.
El 69-B, como causa de exclusión
Aquí está el punto que conecta con el trabajo diario del despacho. La propuesta contempla que ciertos contribuyentes puedan acceder a esquemas de regularización, pero deja fuera a quienes estén publicados conforme a los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
Dicho de otra forma: aparecer en esas publicaciones no sólo tiene el efecto que ya conocemos sobre deducciones y acreditamiento del IVA, sino que cerraría la puerta a regularizarse.
- Qué es la lista 69-B del SAT y cómo funciona el procedimiento.
- Qué es el 69-B Bis, el supuesto de transmisión indebida de pérdidas fiscales.
- Cuántos contribuyentes hay publicados en cada etapa del procedimiento.
Importante no confundirse: la obligación de revisar a los proveedores no es nueva ni depende de que este paquete se apruebe. El artículo 69-B está vigente desde 2014 y sus efectos aplican hoy.
Qué sigue y en qué fechas
La Iniciativa de Ley de Ingresos se discute y aprueba en ambas cámaras: la Cámara de Diputados debe aprobarla a más tardar el 20 de octubre y el Senado a más tardar el 31 de octubre. El Presupuesto de Egresos corresponde exclusivamente a la Cámara de Diputados, que debe aprobarlo a más tardar el 15 de noviembre, conforme al artículo 74 fracción IV de la Constitución.
Hasta que eso ocurra y se publique en el Diario Oficial de la Federación, lo descrito arriba sigue siendo una propuesta.
Qué conviene hacer ahora
- Identificar a los clientes que rebasan los 50 millones de ingresos acumulables y estimar el efecto del tope sobre su ISR del ejercicio.
- Rehacer el comparativo de RESICO para quienes hoy quedan fuera por el límite de 3.5 millones y para las morales que están forzadas al régimen.
- Revisar el padrón de proveedores contra las publicaciones del SAT, que es algo que ya aplica y no requiere esperar a ninguna aprobación.
- No rehacer contratos ni estructuras todavía. El articulado puede cambiar en comisiones.
Para el tercer punto puedes consultar un RFC contra las listas del SAT sin registrarte, o revisar a un contratista en el padrón REPSE de la STPS.
Fuentes oficiales
- Paquete Económico y Presupuesto — Secretaría de Hacienda y Crédito Público: Criterios Generales de Política Económica e Iniciativa de Ley de Ingresos.
- Ley del Impuesto sobre la Renta — texto vigente y reformas, Cámara de Diputados.
- Código Fiscal de la Federación — artículos 69-B y 69-B Bis, texto vigente.
Fiscalerta es un producto privado, reproduce información pública y no forma parte del SAT, de la Secretaría de Hacienda ni del gobierno federal. Este texto es informativo y no constituye asesoría fiscal.
Nota orientativa: Este contenido es informativo y no sustituye asesoría fiscal profesional. Verifica siempre directamente en el SAT antes de actuar.
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