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Fechas ICSOE y SISUB 2026: calendario y días límite

Calendario ICSOE y SISUB 2026: fechas por cuatrimestre, corrimientos por día inhábil, quién presenta y cómo revisar los acuses.

Publicado 12 de agosto de 2026

No revisamos solo dos listas. Fiscalerta cruza 8 categorías del SAT, sin pedir e.firma y sobre cualquier RFC.

8 listas en una búsqueda Sin e.firma Sin registro

ICSOE y SISUB son informativas cuatrimestrales relacionadas con servicios u obras especializadas. Sus ventanas aparecen tres veces al año y, cuando el día 17 es inhábil, el vencimiento se recorre al día hábil siguiente.

Calendario ICSOE y SISUB 2026

Periodo informadoVentana ordinariaÚltimo día en 2026
Enero – abril de 20261 al 17 de mayo18 de mayo de 2026
Mayo – agosto de 20261 al 17 de septiembre17 de septiembre de 2026
Septiembre – diciembre de 20261 al 17 de enero siguiente18 de enero de 2027

El 17 de mayo de 2026 y el 17 de enero de 2027 caen en domingo; por eso las fechas operativas se recorren al lunes siguiente. Antes de firmar, confirma cualquier aviso extraordinario en las páginas oficiales de ICSOE del IMSS y SISUB del INFONAVIT.

Quién presenta y quién pide el acuse

La presentación corresponde al prestador de servicios o ejecutor de obras especializadas que actualiza el supuesto legal. El contratante puede pedir el acuse como evidencia complementaria de su expediente. Una empresa puede desempeñar ambos papeles: si además de contratar también presta servicios especializados, debe revisar sus propias obligaciones de presentación.

Un control preventivo para el contratante puede seguir este flujo:

  • 30 días antes: recordar a los proveedores el próximo corte como política preventiva.
  • Del día 1 al vencimiento: confirmar que el sujeto obligado prepare y firme la informativa.
  • Al día hábil siguiente: pedir el acuse si todavía no se recibió.
  • Después de recibirlo: validar periodo, RFC, contrato y fecha de recepción.

El problema de escala

Con cinco proveedores esto se lleva en la cabeza. Con cincuenta, no. Y el trabajo se concentra: en mayo, septiembre y enero hay que perseguir a todos al mismo tiempo, mientras corren las obligaciones normales del mes.

Por eso conviene tener la lista de proveedores sujetos a ICSOE/SISUB identificada antes de que llegue el corte, no armarla cuando ya venció.

Qué revisar en cada acuse

  • Que el RFC del proveedor sea el correcto.
  • Que el periodo corresponda al cuatrimestre que estás cerrando.
  • Que el contrato referido sea el tuyo.
  • Que la actividad sea compatible con su registro REPSE.
  • Que la fecha de presentación esté dentro del plazo.

El acuse acredita la fecha y hora en que la autoridad recibió la informativa. Sirve para comprobar la presentación, pero no es por sí solo un requisito autónomo de deducción o acreditamiento del IVA: el tratamiento fiscal depende del supuesto y de la documentación exigible en cada caso.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el proveedor presenta tarde?

El sujeto obligado debe revisar las consecuencias de la presentación extemporánea. El acuse sigue acreditando la fecha y hora de recepción; no debe presentarse como si borrara el atraso ni como si, por sí solo, decidiera el tratamiento fiscal del contratante.

¿Debo presentar yo algo?

Si únicamente eres contratante, tu control práctico puede consistir en solicitar y revisar la evidencia. Si también prestas servicios u obras especializadas, puedes ser sujeto obligado y debes analizar tu propia presentación.

¿Aplican si el proveedor no tiene REPSE?

Si el servicio requiere registro y el proveedor no lo tiene, el problema es anterior y más grave. Ahí no falta un acuse: falta la base para contratar ese servicio como especializado.

Lee también: consultar ICSOE y SISUB y qué expediente pedirle a un proveedor especializado.

Nota orientativa: Este contenido es informativo y no sustituye asesoría fiscal profesional. Verifica siempre directamente en el SAT antes de actuar.

Sobre este artículo

Cluster: ICSOE/SISUB

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