Qué significan EFOS y EDOS
Son las dos caras del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. No son sinónimos ni etapas de lo mismo: son roles distintos.
- EFOS: Empresa que Factura Operaciones Simuladas. Es quien emitió el CFDI de algo que no pasó.
- EDOS: Empresa que Deduce Operaciones Simuladas. Es quien recibió ese CFDI y le dio efecto fiscal: lo dedujo o acreditó el IVA.
Dicho corto: el EFOS vende la factura, el EDOS la usa. Y para el contador promedio, el riesgo real casi siempre está del lado EDOS.
Cómo se llega a ser EFOS
El SAT presume la inexistencia de las operaciones cuando detecta que un contribuyente emitió comprobantes sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material —directa o indirectamente— para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan esos comprobantes. También cuando el contribuyente se encuentra no localizado.
De ahí sale el procedimiento en dos tiempos:
- Listado de presuntos: el SAT notifica por buzón tributario, portal y DOF. El contribuyente tiene 15 días para desvirtuar, con una prórroga de 5 días por única ocasión.
- Resolución: la autoridad tiene hasta 50 días para valorar pruebas. Dentro de los primeros 20 puede requerir información adicional.
- Listado definitivo: si no se desvirtuó, el SAT publica en el DOF y en su portal.
El efecto de la publicación definitiva es contundente: las operaciones amparadas en esos CFDIs no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, con efectos generales.
Y ahí aparece el EDOS
Aquí el problema deja de ser del proveedor y pasa a ser tuyo. Quien haya dado cualquier efecto fiscal a un comprobante emitido por alguien del listado definitivo tiene 30 días a partir de esa publicación para una de dos cosas:
- Acreditar la materialidad: demostrar ante la autoridad que efectivamente adquirió los bienes o recibió los servicios. Contratos, entregables, evidencia de la operación, pagos rastreables.
- Corregir la situación fiscal: presentar las declaraciones complementarias que correspondan y quitar la deducción y el acreditamiento.
Si no hace ninguna de las dos y el SAT lo detecta en facultades de comprobación, determina el crédito fiscal. El CFF prevé que estas operaciones puedan considerarse actos simulados para efectos penales.
Por qué el EDOS es el riesgo silencioso
Nadie se vuelve EFOS por accidente. EDOS, sí.
Un cliente tuyo contrató un servicio de buena fe hace años, con un proveedor que en ese momento estaba perfectamente limpio. Ese proveedor entra a la 69-B hoy. Y el reloj de 30 días arranca el día de la publicación, no el día en que tú te enteras.
Ese es el problema estructural: el listado no te avisa. Se publica y ya. Si nadie está viendo, los 30 días se van completos sin que supieras que existían.
Cómo saber en qué lado estás
Empieza por lo básico: revisa un RFC en el recuadro de abajo y ve si aparece en las listas públicas del SAT.
Si necesitas el procedimiento completo de la 69-B, está en la guía de la lista 69-B. Si lo tuyo es revisar proveedores uno por uno, mira cómo saber si un proveedor está en la lista negra. Y si el nombre "69-B Bis" te confunde, ahí explicamos en qué se diferencia.
Revisar RFC por RFC funciona con diez. Con cuatrocientos, no. Para vigilar toda tu cartera y recibir el aviso el mismo día que un RFC aparezca, crea tu cuenta gratis en Fiscalerta.
Verifica un RFC en las listas del SAT
Consulta gratuita con datos oficiales. Escribe un RFC y revisa su estatus.
Nota orientativa: Este contenido es informativo y no sustituye asesoría fiscal profesional. Verifica siempre directamente en el SAT antes de actuar.